Auto Supremo AS/0645/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0645/2017

Fecha: 19-Jun-2017

En relación a que en materia de reparación de daño correspondería probar que el daño

En relación a que en materia de reparación de daño correspondería probar que el daño se debe a la culpa del demandado, y otros aspectos respecto al tema, habrá que tomar en cuenta que existe la certeza de la comisión de un ilícito penal, por el que existe una sentencia condenatoria, no está en discusión si hubo culpa o dolo en la comisión de aquel ilícito, estamos frente a una resolución con calidad de cosa juzgada en la vía penal, ilícito del cual emergen a la vez la responsabilidad hoy debatida, habiéndose establecido en el punto 1 que existe el nexo causal, para la procedencia de la responsabilidad civil, descartándose entonces la discusión de la presunta probanza que debiera existir del demandado, que en este caso ya se encuentra configurado como se señaló, por lo que a más de la ambigüedad con la que se plantea, resulta genérica la segunda acusación, es decir, la presunta interpretación y aplicación errónea de los arts. 90, 376 y 377 del CPC y “1287 al 1316” del Código Civil; no existiendo razonamiento alguno que verifique cual debiera ser entonces la correcta interpretación y aplicación de las normas transcritas