Auto Supremo AS/0645/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0645/2017

Fecha: 19-Jun-2017

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO


VISTOS: El recurso de casación de fs. 448 a 454 vta., formulado por Juan Ruiz Miranda y Walter Morante Navarro, contra el Auto de Vista de Nº 67/2016 de 09 de mayo de 2016 de fs. 421 a 427 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el proceso de Reparación de Daño Civil, seguido por José Vargas Blacutt y Lidia Coca Cuentas contra Favio Gonzalo Mercado Alanes, Walter Morante Navarro y Juan Ruiz Miranda; concesión de fs. 459, el Auto Supremo de Admisión cursante de fs. 466 a 467 y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Primero de Partido en lo Civil de Oruro, dictó Sentencia No. 08/2016 de fecha 26 de enero de 2016, por el que declara: PROBADA la pretensión principal contenida en la demanda de fs. 62-66 reiterada a fs. 69-72 de obrados formulado por José Vargas Blacutt y Lidia Coca Cuentas, con lugar el resarcimiento de daño civil emergente de ilícito penal, a cuyo efecto se asumen las siguientes decisiones: 1.- Se condena al pago de los daños civiles ocasionados como emergencia del ilícito penal a Favio Gonzalo Mercado Alanes, con relación a la menor B.B.V.C. debiendo indemnizar con la suma de $us. 55.000.- ( Cincuenta y cinco mil 00/100 dólares americanos) en favor de la víctima representada por su padres José Vargas Blacutt y Ludia coca Cuentas, y sea de manera solidaria y mancomunada con el propietario del vehículo motorizado Juan Ruiz Miranda, la Empresa de Transporte Línea Sindical Trans. Azul representado por Walter Morante Navarro. 2.- Para el cumplimiento de lo dispuesto se concede el plazo de 3 días computables a partir de la ejecutoria de la presente resolución. 3.- Se declara sin lugar a la excepción perentoria de falta de acción y derecho e inviabilidad e ineficacia jurídica de la acción por falta de legitimidad pasiva de los demandados corriente a fs. 201-203 de obrados