Auto Supremo AS/0666/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0666/2017

Fecha: 19-Jun-2017

2

2.- Indica que en el proceso no consta el informe del oficial de diligencias de haberse constituido en el domicilio señalado, indicando que no se le encontró, ya que la notificación se la debe practicar en el domicilio real del demandado y no en cualquier domicilio ya que a través de estos actos se estaría restringiendo el derecho a la defensa, viciando de nulidad todos los actos posteriores, violando el art. 128 del Código de Procedimiento Civil y su derecho a la defensa