Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0666/2017
Fecha: 19-Jun-2017
Distrito: La Paz
Distrito: La Paz
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Proceso: Nulidad de instrumentos públicos
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Distrito: La Paz
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I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
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Del contenido del recurso de casación se extraen los siguientes reclamos
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De la respuesta al recurso de casación
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III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
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Actualmente al tratar sobre las nulidades procesales debemos tener en cuenta que no se trata
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En este sentido, Eduardo J
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De dicho antecedente, se infiere que “no hay nulidad sin perjuicio”, en ese sentido la
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En efecto, en el Estado Legislativo de Derecho, para la procedencia de las nulidades de
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En cambio en el Estado Constitucional de Derecho, la procedencia de las nulidades de actos
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Bajo esta concepción, las nulidades de los actos procesales serán procedentes cuando se constate irregularidades,
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En ese orden, estos dos fenómenos, no pueden tener consideración separada por los jueces, en
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Lo contrario, significaría sujetar a la justicia constitucional a toda emergencia suscitada, tanto en procedimientos
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III.2.- Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
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De igual manera la SC 2023/2010-R de 9 de noviembre estableció que: “…la motivación no
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Por otra parte, en la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 0903/2012 de 22 de agosto, se
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En la Sentencia Constitucional Plurinacional 0075/2016-S3 de 8 de enero sobre la fundamentación y motivación
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IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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Con relación al reclamo diremos que conforme lo expresamos en la doctrina aplicable en el
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Con relación al reclamo y de la revisión de antecedentes se evidencia que el recurrente
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Con relación a que se vulneraría el derecho a la defensa, dejándolo en estado de
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Al respecto diremos que conforme lo establecemos en la doctrina aplicable en el punto III
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
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