Auto Supremo AS/0186/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0186/2017

Fecha: 17-Jul-2017

En relación a la falta de firma de la secretaria del juzgado en el decreto

En relación a la falta de firma de la secretaria del juzgado en el decreto de fs. 236, considerado como vicio por el recurrente; esta Sala considera infundado el reclamo, dado que precisamente en razón al incidente formulado por la parte hoy recurrente sobre la ausencia de la firma de la secretaria abogada en el decreto de fs. 236, la Juez de la causa mediante Resolución N° 93/2016, de 22 de enero de 2013, cursante a fs. 252, resolvió anular la diligencia de fs. 235 únicamente con relación a la notificación con la pieza procesal cursante a fs. 234, que no es sino el original de la copia del decreto cursante a fs. 236, es decir el decreto de 21 de enero de 2013, que además se observa con la debida firma de la secretaria del juzgado correspondiente, de manera que, aún en el advertido que la fotocopia del mencionado decreto se encuentre sin la firma de la secretaria del juzgado, su original que cursa a fs. 234 está debidamente suscrito por la juez de la causa y con la fe que otorga la secretaria del juzgado, actuado con el cual además (fs. 324) fue debidamente notificada la parte reclamante, tal como consta a fs. 261; de modo que no se advierte vicio que amerite la nulidad de obrados pretendida en esta parte del recurso