Auto Supremo AS/0186/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0186/2017

Fecha: 17-Jul-2017

No se observó el poder especial y suficiente de fs

No se observó el poder especial y suficiente de fs. 66, el que no es legal porque la numeración corresponde a otras personas en la notaría de origen; se solicitó orden judicial o se oficie a la notaría, no habiéndose dado curso a dicho pedido (fs. 108), por lo que es causal de nulidad al haberse vulnerado el art. 3 inciso f) y art. 4 del Código Procesal del Trabajo