También se denuncia como vicio la ausencia de notificación en el domicilio procesal señalado mediante
También se denuncia como vicio la ausencia de notificación en el domicilio procesal señalado mediante memorial de fs. 278; sin embargo, más allá de lo anotado por el recurrente de manera general, no se explica en el recurso en qué medida dicha situación afectó el derecho a la defensa de la parte demandada, puesto que si bien es evidente que a través de memorial anotado y admitido mediante providencia de fs. 278 se establece un nuevo domicilio procesal para el demandado, no es menos evidente también que tal cambio de domicilio fue hecho con carácter previo a la emisión de la Sentencia de fondo, y una vez emitida ésta, se advierte inclusive que la parte demandada hizo uso del recurso ordinario de apelación dentro del término previsto por Ley, y finalmente el recurso extraordinario que hoy ocupa a este Tribunal, de modo que no se advierte a prima facie una indefensión causada al ahora recurrente
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto recurso de apelación por la parte demandada (fs
- Notificado que fue el demandado con el Auto de Vista precitado, formuló recurso de casación
- Falta de firma de la Secretaria de Juzgado en el Decreto de fs. 236
- Ausencia de notificación en el domicilio procesal señalado, conforme se tiene a fs
- Falta de notificación para el diligenciamiento de las pruebas de descargo y pruebas de cargo;
- La Sentencia N° 97/2015 de 20 de abril de 2015 (fs
- No se adjuntó el poder especial junto a la demanda de fs
- No se observó el poder especial y suficiente de fs
- No se consideró lo señalado en la respuesta negativa a la demanda (fs
- Acusa como vicio de nulidad, que a fs
- Acusa indefensión porque en la causa no se ha dado la audiencia de conciliación entre
- Refiere que las veces que realizó el seguimiento del caso, sólo se le permitía ver
- Señala que el Oficial de Diligencias, el 09 de junio de 2015, hrs
- A su turno, por memorial de fs
- Así formulado el Recurso de Casación, de la compulsa de los antecedentes del caso y
- En el marco expuesto corresponde analizar los distintos vicios denunciados por la parte recurrente como
- En relación a la falta de firma de la secretaria del juzgado en el decreto
- También se denuncia como vicio la ausencia de notificación en el domicilio procesal señalado mediante
- Tampoco se advierte indefensión en cuanto al diligenciamiento de la prueba de descargo, puesto que
- En cuanto a la acusación de posible falsedad del Testimonio de Poder cursante a fs
- En relación al punto 5° del Recurso de Casación, se advierte que el mismo sólo
- En cuanto a los puntos 9° y 10° de la casación, referente a una probable
- Por lo anotado precedentemente, se concluye que el auto de vista recurrido de casación, no
- POR TANTO: La Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Con costas y costos al recurrente
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
