Auto Supremo AS/0545/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0545/2017-RRC

Fecha: 14-Jul-2017

I.1.2. Petitorio


El recurrente aduce que en audiencia conclusiva y en audiencia de juicio oral, interpuso incidente de nulidad por defectos absolutos; arguyendo en ambos casos que al existir dos actas de juramento de perito de 21 de octubre de 2011, la primera impugnada en audiencia conclusiva y la segunda en audiencia de juicio oral, ocasión ésta en la que hace aparecer “esta otra y segunda acta” el Fiscal Grover Trujillo, arguyendo que la misma se encontraba en reserva, sin que exista requerimiento o resolución judicial que la declare en tal calidad, deduciendo que en ambas actas y en cualquiera de los dos casos, aparece la firma y rúbrica del Fiscal Humberto Pardo Bustamante, su sello personal que lo identifica como servidor público y el sello de la propia Fiscalía de Chimoré en simples fotocopias; no siendo originales, a más de acreditar su ilegalidad; por cuanto, el referido Fiscal no podía estar físicamente y al mismo tiempo en dos lugares diferentes y distantes, uno del otro (instalaciones del IDIF de Cochabamba y Localidad de Chimoré); por lo tanto, existen dos requerimientos del 21 de octubre de 2011, firmados y rubricados por dicho Fiscal, que acreditan que físicamente se encontraba en la localidad de Chimoré y no en la ciudad de Cochabamba. Al respecto, el Auto de Vista recurrido no se pronunció respecto al acta de juramento de perito de 21 de octubre de 2011, limitándose a declarar improcedente el recurso, apoyándose en la falta de los requisitos de procedencia de nulidad, sin tratar ni resolver los puntos específicos objetos de impugnación aludidos, agravio que considera defecto absoluto.

I.1.2. Petitorio