Por todas las consideraciones realizadas, el recurso planteado deviene en infundado, corresponde emitir Resolución conforme
En cuanto a la denuncia de vulneración de los arts. 219, 220.III, 271, 274, 276 y 277 del nuevo Código Procesal Civil, no corresponde tal acusación por constituir normas específicas que rigen para el planteamiento y tramitación del recurso de casación y el Tribunal de segunda instancia no resuelve dicho medio de impugnación extraordinario, tan solo concede, y en el caso presente fue concedido el recurso planteado sin ninguna observación, resultando la acusación fuera de contexto. De igual modo el argumento de ampliación incorrecta de demanda ordenada contra Rómulo Gonzales Mamani que refiere el recurrente, carece de total transcendencia para disponer la anulación del proceso, toda vez que dicha ampliación quedó sin efecto al haberse dispuesto como no presentada mediante Auto de fs. 49 vta., por ser la indicada persona titular de otro inmueble distinto al pretendido por usucapión.
Por todas las consideraciones realizadas, el recurso planteado deviene en infundado, corresponde emitir Resolución conforme lo previene el art. 220.II de la Ley Nº 439 Código Procesal Civil
Por todas las consideraciones realizadas, el recurso planteado deviene en infundado, corresponde emitir Resolución conforme lo previene el art. 220.II de la Ley Nº 439 Código Procesal Civil
- Distrito: Cochabamba
- I
- Refiere que el actor funda su pretensión en el documento de compra de 14 de
- Señala que si bien un documento de compra de inmueble extendido a favor del demandante
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Reitera la anulación de obrados con reposición por infracción y errónea aplicación de normas procesales
- Concluye indicando que ante las irregularidades señaladas, corresponde a la parte demandante subsanar todos los
- III.1.- Con relación a las nulidades procesales
- “Ahora bien, los presupuestos o antecedentes necesarios para que opere la nulidad procesal son: a)
- “En cuanto a la nulidad de los actos procesales, complementando el entendimiento establecido en la
- Dichas condiciones deberán ser explicadas, además, por el incidentista en su solicitud, señalando, en forma
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por otra parte, indica el recurrente que su memorial de demanda está dirigido contra Wilson
- Los argumentos descritos denotan de manera clara que el recurrente funda su impugnación amparado en
- El recurrente aparentemente pretende justificar su pretensión recursiva de lograr la anulación del proceso en
- Por todas las consideraciones realizadas, el recurso planteado deviene en infundado, corresponde emitir Resolución conforme
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
