Auto Supremo AS/0738/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0738/2017

Fecha: 18-Jul-2017

En la secuencia analizada, en el caso de autos el inicio de la prescripción adquisitiva

En la secuencia analizada, en el caso de autos el inicio de la prescripción adquisitiva ordinara accionada por Marcelo Monasterio Salas, se determina su comienzo desde la fecha de registro de título propietario de fecha 25 de abril del año 2002; la fecha de citación con la demanda de usucapión quinquenal a los ahora recurrentes data de fecha lunes 16 de mayo de 2011, de lo que se infiere que desde la fecha de inscripción o registro hasta fecha 25 de abril de 2007 transcurrieron los cinco años exigidos por el art. 134 del Código Civil por lo mismo operó la prescripción adquisitiva ordinaria, no existiendo interrupción alguna en los alcances del art. 1503-I del Código Civil, al no evidenciarse que en los años señalados desde el registro del título de propiedad existiese reclamo alguno por quien en definitiva hizo la transferencia en favor de los ahora recurrentes; en consideración a ello, se verifica que la compra que realizaron los demandados reconvinientes, lo efectuaron luego de transcurrido el tiempo previsto por la norma que autoriza la procedencia de la usucapión ordinaria, entendiendo que al haber adquirido y registrado su derecho propietario, ejercitaba la posesión desde la fecha de su adquisición. Consecuentemente cuando los recurrentes sin acusar propiamente vulneración de alguna norma legal muestran desacuerdo con el razonamiento del juzgador de segunda instancia que establecieron la procedencia de la usucapión quinquenal u ordinaria por el transcurso del tiempo, no tienen el respaldo fundamentado correspondiente para desvirtuar lo razonado por el Ad quem