Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0778/2017
Fecha: 25-Jul-2017
Distrito: Oruro
Distrito: Oruro
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Proceso: Nulidad de documento
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Distrito: Oruro
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De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en
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II
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También menciona que si bien los demandantes son herederos de su padre Isidro Flores Copa,
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Agrega, que evidentemente el Municipio de Huachacalla no tiene el sistema de Catastro Urbano, empero
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III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
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III.1. Sobre la nulidad procesal de oficio
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Respecto a lo anterior, el art
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III.2. En relación al principio de eficacia
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El Tribunal Constitucional en la SC 0378/2006-R de 18 de abril, para determinar la jurisdicción
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La jurisprudencia Constitucional glosada precedentemente fue asumida por el actual Tribunal Constitucional Plurinacional, a través
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III.4. En relación al principio de verdad material
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En esta misma lógica la SCP 0140/2012 de 09 de mayo, razonó lo siguiente: “Desde
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…Ahora bien, en este Estado Social, Constitucional de Derecho el rol que antes se le
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Asimismo, en el Auto Supremo Nº 428/2015 de 16 de junio, se razonó lo siguiente:
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III.5. Sobre el principio de congruencia
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De manera específica con relación a la congruencia de las resoluciones judiciales en segunda instancia,
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En relación a la congruencia externa e interna el Auto Supremo Nº 651/2014 de 06
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Es por ello que una resolución judicial, en mérito al principio de congruencia, debe reunir
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IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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En esa relación, correspondía al Ad quem circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior
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Por otra parte, tampoco ha dado estricta observancia a la jurisprudencia emitida por el Tribunal
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En el presente caso, las partes de manera reiterativa refieren que el lote de terreno
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Por lo manifestado, y en observancia de los principios constitucionales de verdad material y eficacia,
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Por lo expuesto, corresponde fallar en la forma prevista por el art
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Sin responsabilidad por ser excusable
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En cumplimiento del art
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
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