Auto Supremo AS/0778/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0778/2017

Fecha: 25-Jul-2017

En el presente caso, las partes de manera reiterativa refieren que el lote de terreno

En el presente caso, las partes de manera reiterativa refieren que el lote de terreno transferido se encuentra en área urbana y que tendría su antecedente dominial registrado en el Municipio de Huachacalla, por lo que está destinado al uso de vivienda, lo que se encuentra ratificada por la ubicación del predio (calle 10 de Febrero entre Unión), de consiguiente el predio ha sido adquirido para uso habitacional y no para ser destinado a la producción agrícola y/o pecuaria porque precisamente actualmente se encuentra en el poblado de Huachacalla, lo que a su vez y conforme al principio de verdad material se encuentra corroborado por la certificación emitida por el Alcalde Municipal de Huachacalla. Estableciéndose de esta manera que el lote de terreno objeto de litigio se encuentra en Centro poblado por lo que la función económica social que cumple dicho bien no es agraria sino está destinada a vivienda urbana, en consecuencia corresponde aplicar al caso de autos las normas el Código Civil resultando competentes los jueces ordinarios