Auto Supremo AS/0778/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0778/2017

Fecha: 25-Jul-2017

IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN

IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
IV.1. En el marco de los arts. 106.I del Código Procesal Civil, 17.I de la Ley N° 025, 180.I de la CPE y la doctrina aplicable desarrollada en el presente caso de autos, se pasa a realizar las siguientes consideraciones de orden legal:
De la revisión de obrados se evidencia que la parte actora en el presente caso de autos, ha interpuesto demanda de nulidad de minuta de transferencia de lote de terreno y del registro de dicho documento en el Gobierno Autónomo Municipal de Huachacalla, ante dicha pretensión el Juez inferior, por providencia de fs. 20 dispone que con carácter previo el demandado aclare si el objeto de la litis recae sobre un inmueble ubicado en área rural o en el radio urbano de la localidad de Huachacalla a efectos de establecer la competencia del juzgado, lo que es cumplido por la parte actora por memorial de fs. 22, donde ratifica que el lote de terreno objeto de litigio se encuentra en área urbana. Admitida la demanda y citados los demandados (David Flores Flores y Oswaldo Arce Díaz, H. Alcalde Municipal de Huachacalla), contestan de manera negativa a la demanda, empero no cuestionan la competencia del Juez inferior ni refieren que el lote de terreno se encuentra en área rural