Auto Supremo AS/0082-A/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0082-A/2017

Fecha: 22-Ago-2017

3)


3).- Sobre el reclamo de violación a garantías constitucionales, debido proceso, derecho a la defensa y legalidad, quebrantando el principio de retroactividad y favorabilidad, se concluye:

No se justificó, ni fundamentó legal, ni doctrinariamente, la posibilidad de aplicar retroactivamente una ley penal más benigna, ya que el tipo penal de violación se subsume en los hechos ocurridos cuando señala que otras partes del cuerpo pueden constituir elementos objetivos para la comisión del delito de violación, por lo que al imponer la sanción penal, no se incurrió en infracción al principio de defensa, legalidad y presunción de inocencia, al no haberse justificado este extremo.

Por último, si bien se admitió inicialmente el recurso de revisión, atendiendo el reclamo del recurrente, sin embargo, esto tenía el propósito que el recurrente justifique los motivos de su pretensión. Sin embargo, en virtud a lo expuesto precedentemente se concluye que el recurrente no adjuntó nueva prueba sobreviniente o desconocida, irrefutable o concluyente, tampoco existe otros elementos de prueba que justifiquen nueva calificación penal de su conducta ni la procedencia de disminución de la sanción en nuevo juicio, porque lo expresado en el recurso no desvirtúa los elementos de prueba que sirvieron de sustento en la sanción de condena; en consecuencia, el recurso motivo de estudio, carece de justificación y asidero legal para modificar la citada sentencia, cuya revisión se pretende.

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, ejerciendo la atribución conferida por los arts. 184 num. 7 de la Constitución Política del Estado (CPE), 38 num. 6 de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial y, en aplicación del art. 424 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP), RECHAZA por improcedente, el recurso de revisión de sentencia condenatoria ejecutoriada deducida por Rafael Perales Cazon