Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0226/2017
Fecha: 11-Ago-2017
I.2.3.2. En el fondo
I.2.3.2. En el fondo
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VISTOS: Los Recursos de Casación de fs
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En grado de Apelación formulada por Fernando Serrano Reyes Administrador del Restaurant Bizantio (fs
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Dicha Resolución motivó los Recursos de Casación de fs
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Concluyó solicitando que, el Tribunal Supremo de Justicia, declare fundado el recurso con imposición de
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Mediante memorial cursante de fs
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I
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Que, el Auto de Vista no se habría pronunciado sobre las pretensiones deducidas en el
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I.2.3.2. En el fondo
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Acusó que los fallos dictados por los de instancia violarían los arts
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Que los de instancia no han podido establecer cuál era la jornada de trabajo, sin
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Que las literales de fs
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Infracción, violación y vulneración de los art6s
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Violación, interpretación errónea y aplicación indebida de los arts
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Que, el salario o sueldo fue conforme al salario mínimo nacional de cada año por
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Concluyó solicitando que, el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista y deliberando
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I.3. Admisión
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Mediante Auto Supremo Nº 294-A de 9 de septiembre de 2016 la Sala Contenciosa, Contenciosa
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Teniendo presente la supletoriedad excepcional de la norma adjetiva civil, en materia laboral, por disposición
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Establecido el marco jurídico procesal, y así expuestos los fundamentos de los Recursos de Casación
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La Constitución Política del Estado (CPE), reconoce y garantiza el debido proceso en sus arts
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Revisado el Recurso de Casación planteado, éste acusa la falta de valoración de las pruebas
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Al respecto, el recurrente alega la indicada vulneración de normas procesales de orden público; sin
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Que las pruebas extrañadas fueron consideradas por el Tribunal Ad quem y en su valoración
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I.2.1 Sobre el Recurso de Casación interpuesto por el Restaurante Bizantino
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En la forma
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Acusa, que, el Auto de Vista no se habría pronunciado sobre las pretensiones deducidas en
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De principio es necesario aclarar que para una fundamentación o motivación suficiente, no se precisa
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Por expresa determinación de la Constitución Política del Estado y de la ley, la facultad
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En el fondo
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Sobre el particular, respecto a la denuncia de supuesta vulneración de los derechos al debido
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A ello se añade, la consideración de que el Derecho laboral, se estructura fundamentalmente sobre la
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Este punto ya fue resuelto a tiempo de resolver el Recurso de Casación planteado en
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Sobre el cuarto, quinto y sexto motivo
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El recurrente en el presente caso de autos, acusa la errónea valoración de la prueba
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Ese error de hecho por lo tanto requiere, ser ostensible y manifiesto lo que en
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Al respecto, de la revisión del Auto de Vista impugnado, se tiene que el art
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Posteriormente el auto de vista se refiere al incremento salarial, al bono de antigüedad
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En tal sentido, no se evidencia que el Tribunal de alzada en su resolución haya
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Sobre el séptimo motivo, violación, interpretación errónea y aplicación indebida de preceptos constitucionales
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En tal mérito no se evidencia violación a normativa alguna sobre la irretroactividad de la
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POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
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En virtud a la Disidencia presentada por el Magistrado Dr
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Regístrese, notifíquese y devuélvase.
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