Auto Supremo AS/0615/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0615/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

Asimismo, señalaron que no cuentan con antecedentes policiales ni penales, incluso que se hubiera demostrado


Asimismo, señalaron que no cuentan con antecedentes policiales ni penales, incluso que se hubiera demostrado que Rosario Paco Vargas fue la agredida y que todo fue un invento, una trampa con oscuras intenciones, así como que la citada fue víctima al existir en su favor varias atenuantes; y sin embargo de ello, no se le impuso el mínimo establecido por la segunda parte del art. 271 del CP y respecto de Isidora Gaspar Jancko, argumentaron que se habría determinado con la prueba de cargo y descargo que nada tuvo que ver, más al contrario fue víctima de las circunstancias y que todo fue un invento y una trampa, pese a que se demostró que no causaron ningún daño físico a nadie. Razones que conllevan a concluir que a tiempo de fijarles la pena no se tomó en cuenta el contenido de los arts. 37, 38 y 40 del CP, aplicando las atenuantes que correspondían