Auto Supremo AS/0615/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0615/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

b)Se demostró que el 28 de abril de 2014, los directivos de los vecinos de


b)Se demostró que el 28 de abril de 2014, los directivos de los vecinos de la Av. Norte Potosí, zona 10 de la ciudad de Llallagua, convocaron a una reunión de la mencionada zona, a la que asistió la víctima y cuando ésta se encontraba esperando en el lugar, fue agredida en primera instancia por Rosario Paco Vargas y luego por Isidora Gaspar Jancko, quienes le ocasionaron lesiones en su integridad física, consistentes en equimosis en región mastoidea derecha de 2x1 cm, dolor a la palpación en región mastoidea izquierda, equimosis de 3x1 cm, dolor a la palpación en región mastoidea izquierda, equimosis de 3x1 cm en glándula mamaria izquierda cuadrante superior interno, equimosis en resolución de 2x1 cm en región escapular izquierda, equimosis de 2x1 cm en las extremidades superiores, equimosis de 2x2 cm en extremidades inferiores y escoriación de 1x1 cm en rodilla izquierda. En consideración a esas lesiones, se le otorgó una incapacidad de siete días, acreditado por el certificado médico forense de 30 de abril de 2014