Auto Supremo AS/0632/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0632/2017-RA

Fecha: 24-Ago-2017

De la revisión del recurso de casación, se extrae los siguientes motivos


II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACION

De la revisión del recurso de casación, se extrae los siguientes motivos:

1)Respecto a la prueba de oficio el recurrente alega que la víctima no fue ofrecida como testigo; sin embargo, el Tribunal de Sentencia valoró su declaración que fue realizada después de que concluyera la fase de recepción de pruebas, que según el recurrente sólo se la puede considerar como “última palabra de la víctima” que no constituye prueba, por lo que el mencionado tribunal estaba prohibido de formar convicción sobre la base de estos actos. Alega que el Tribunal produjo prueba de oficio, que está prohibida por el art. 342 del Código de Procedimiento Penal (CPP); sin embargo, el Tribunal de apelación no se pronunció sobre este aspecto limitándose a indicar que “...en ninguna parte de la misma el Tribunal A-quo le da el valor de declaración testifical a lo señalado por la víctima en su última palabra, sino la ha citado en su labor de contraste del análisis ponderado e integral de la prueba producida…”; aspecto que, es sesgado porque no es necesario que el Tribunal deje constancia expresa que la valora como prueba testifical, sino que resulta suficiente que se le otorgue algún valor probatorio y que si el Tribunal de Sentencia no consideró la última palabra de la víctima como prueba testifical, no debió contrastarla con la prueba