Auto Supremo AS/0632/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0632/2017-RA

Fecha: 24-Ago-2017

También refiere que estos “yerros procesales”, le limitaron al ejercicio del debido proceso en su


Señala que la resolución ahora impugnada, al convalidar la valoración efectuada sobre prueba ilegal, contravino el Auto Supremo 92/2013 de 22 de marzo, que fue invocado en su apelación restringida como precedente contradictorio, mismo que determinó que el tribunal de alzada “debió controlar que la sentencia se base en elementos de prueba legalmente incorporados al juicio”.

También refiere que estos “yerros procesales”, le limitaron al ejercicio del debido proceso en su elemento de aplicación objetiva de la ley y en el elemento de valoración razonable de las probanzas, por otorgarse valor a medios de prueba ilícitos, que vulneraron sus derechos constitucionales, constituyendo defecto absoluto previsto en el art. 169 inc. 3) del CPP