Auto Supremo AS/0632/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0632/2017-RA

Fecha: 24-Ago-2017

Después de hacer alusión a algunas partes de la Sentencia, refiere que el Tribunal de


Después de hacer alusión a algunas partes de la Sentencia, refiere que el Tribunal de alzada al convalidar la producción de prueba de oficio, contradijo la doctrina legal aplicable establecida en el Auto Supremo 179 de 6 de febrero de 2007, que conociendo problemática similar de producción de prueba de oficio, con la única diferencia que se trataba de prueba pericial, el Tribunal de sentencia había ordenado la producción de prueba pericial sin que las partes la hayan propuesto, indicando que el referido Supremo señaló “…la autoridad jurisdiccional que resolverá su causa, ÁRBITRO IMPARCIAL AL QUE NO LE ESTÁ PERMITIDO EL INTRODUCIR O PRODUCIR PRUEBA DE OFICIO DENTRO DEL PROCESO PENAL DE MOLDE ACUSATORIO; obrar en contrario redunda en la pérdida de imparcialidad…”; por lo que en el caso de autos la víctima no fue propuesta como testigo; consiguientemente, no debió valorarse esa última palabra