En el primer considerando realiza una relación de los antecedentes de la tramitación del proceso
En el primer considerando realiza una relación de los antecedentes de la tramitación del proceso desde la presentación de la demanda hasta la emisión de la Sentencia; en el segundo considerando desarrolla su fundamentación indicando que analizada la Sentencia, el recurso de apelación y su contestación, se tiene que el Juez A-quo ha actuado incorrectamente fuera del ámbito de la ley, señalando que en la primera transferencia contenida en la Escritura Pública Nº 259/2007 intervienen como partes contratantes Luis del Carmen Vega Torreblanca y Martha Molina Balderrama; en la segunda transferencia, Escritura Pública Nº 280/2008 las partes contratantes son Martha Molina Balderrama y Delfín Santos Nina; sin embargo, solamente se demandó al último comprador Delfín Santos Nina cuando necesariamente debió haberse integrado a la litis a Luis del Carmen Vega Torreblanca y Martha Molina Balderrama de conformidad con lo establecido por el art. 58 para que sean oídos y asuman defensa en el proceso, situación que el Juez de primera instancia no observó al admitir la demanda, además de tramitar el proceso con vicio evidente, sin sanear el mismo teniendo la competencia para hacerlo
- Distrito: Santa Cruz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En el primer considerando realiza una relación de los antecedentes de la tramitación del proceso
- II.1.- Resumen del recurso
- Denuncia violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la Ley de Organización Judicial, indicando que
- En cuanto al Auto de Vista propiamente dicho, indica que no tomó en cuenta que
- III.1.- Con relación a las nulidades procesales
- En el Auto Supremo Nº 659/2014 de 6 de noviembre, se estableció lo siguiente
- Una de las causas de ineficacia de los contratos se da por la invalidez de
- Aunando a estas características doctrinales, es adecuado referirnos a la legitimación para accionar la nulidad,
- Por otro lado, cuando el tercero no contratante busca la invalidez del acto, el interés
- La situación anotada, se complejiza cuando se procura, por un tercero no contratante, la nulidad
- En síntesis cuando un tercero demanda la nulidad de un contrato de trasferencia, este no
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por otra parte, refiere que el Ad-quem no tomó en cuenta que los actos procesales
- Al respecto corresponde realizar la siguiente consideración
- Finalmente, con relación al memorial de fs
- Sin responsabilidad por considerarse excusable el error
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Durán
