Una de las causas de ineficacia de los contratos se da por la invalidez de
Una de las causas de ineficacia de los contratos se da por la invalidez de los mismos por medio de la nulidad, que es una sanción establecida en ley por la omisión de requisitos en consideración a su naturaleza, por medio de los presupuestos preestablecidos en el art. 549 del Código sustantivo de la materia. Este instituto, a decir de Santos Cifuentes (El Negocio Jurídico, 2004, pág. 711) encuentra tres notas de caracterización: “a) Debe provenir de la ley, lo cual la distingue de otras causas de extinción anormal de la relación jurídica…b) Deja sin sus efectos propios al acto, pero no lo priva de todo efecto, sino sólo de los que normalmente, estaba destinado a producir, esto es, los que las partes se propusieron lograr cuando lo celebraron. c) Responde a causas anteriores o contemporáneas al nacimiento del acto, pues es un vicio congénito, que viene a ser sancionados con la invalidez por mandato legal”
- Distrito: Santa Cruz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En el primer considerando realiza una relación de los antecedentes de la tramitación del proceso
- II.1.- Resumen del recurso
- Denuncia violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la Ley de Organización Judicial, indicando que
- En cuanto al Auto de Vista propiamente dicho, indica que no tomó en cuenta que
- III.1.- Con relación a las nulidades procesales
- En el Auto Supremo Nº 659/2014 de 6 de noviembre, se estableció lo siguiente
- Una de las causas de ineficacia de los contratos se da por la invalidez de
- Aunando a estas características doctrinales, es adecuado referirnos a la legitimación para accionar la nulidad,
- Por otro lado, cuando el tercero no contratante busca la invalidez del acto, el interés
- La situación anotada, se complejiza cuando se procura, por un tercero no contratante, la nulidad
- En síntesis cuando un tercero demanda la nulidad de un contrato de trasferencia, este no
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por otra parte, refiere que el Ad-quem no tomó en cuenta que los actos procesales
- Al respecto corresponde realizar la siguiente consideración
- Finalmente, con relación al memorial de fs
- Sin responsabilidad por considerarse excusable el error
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Durán
