Auto Supremo AS/0886/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0886/2017

Fecha: 25-Ago-2017

III.3.- En relación a la pérdida de competencia por vencimiento de plazo para emitir resolución

De igual manera en la Sentencia Constitucional Plurinacional 0075/2016-S3 de 8 de enero sobre la fundamentación y motivación de una resolución se ha concretado: “…es una obligación para la autoridad judicial y/o administrativa, a tiempo de resolver todos los asuntos sometidos a su conocimiento, exponer las razones suficientes de la decisión adoptada acorde a los antecedentes del caso, en relación a las pretensiones expuestas por el ajusticiado o administrado; pues, omite la explicación de las razones por las cuales se arribó a una determinada resolución, importa suprimir una parte estructural de la misma”.
III.3.- En relación a la pérdida de competencia por vencimiento de plazo para emitir resolución:
En el Auto Supremo Nº 52/2016 de 29 de enero, se ha razonado lo siguiente: “El parágrafo III del art. 204 del adjetivo civil, establece que: “Los autos de vista y los de casación se pronunciarán dentro del plazo de treinta días, computables desde la fecha en que se sorteare el expediente”