Auto Supremo AS/0941/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0941/2017

Fecha: 29-Ago-2017

Complementado el reclamo acusado anteriormente, señala que el negocio comercial fue realizado con la Coordinadora

Complementado el reclamo acusado anteriormente, señala que el negocio comercial fue realizado con la Coordinadora Regional de Metales del Oriente S.R.L., razón por la cual la empresa recurrente se vio inducida a viabilizar la primera demanda contra esta, que independientemente de lo declarado en la Sentencia de ese primer proceso que dispuso que la acción debió ser dirigida contra el representante legal constituido, debería tomarse en cuenta que esta coordinadora regional actuó en representación de la empresa en la fase contractual y de ejecución contractual, por lo que debería aplicarse el art. 90 de Código de Comercio, es decir que al haber presentado la misma empresa demandada, documentación legal para demostrar quién era el representante legal y que éste conoció la existencia de dicha demanda, sería suficiente elemento para repudiar la parcializada visión de que no se demandó al representante legal, no existiendo en consecuencia inactividad del titular del crédito