Auto Supremo AS/0941/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0941/2017

Fecha: 29-Ago-2017

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

VISTOS: El recurso de casación de fs. 350 a 359 vta., interpuesto por Silvina Ximena Aragón Roig quien actuó en representación de Rodrigo Cossío Torrico como propietario y representante legal de la Empresa Unipersonal SEBASCON CONSTRUCCIONES, contra el Auto de Vista N° 100/2016 de fecha 4 de julio, cursante de fs. 343 a 345 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso ordinario de resolución de contrato, seguido por la Empresa recurrente contra la Empresa de Metales del Oriente S.R.L., el Auto de concesión del recurso de fs. 366; el Auto Supremo de Admisión del recurso de casación Nº 986/2016-RA de 22 de agosto de 2016 que cursa de fs. 371 a 372; los antecedentes del proceso, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Tercero en lo Civil de Tarija, emitió la Sentencia Ordinaria Nº 001/2015 de fecha 2 de enero de 2015, cursante de fs. 309 a 315, declarando IMPROBADA la excepción de falta de legitimación pasiva y PROBADA la excepción de prescripción planteada por la Empresa demandada Metales del Oriente S.R.L. de fs. 140 a 150 vta., de obrados; en consecuencia prescrita la acción de resolución de la compra venta por vicios ocultos y/o redhibitorios