Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0941/2017
Fecha: 29-Ago-2017
Distrito: Tarija
Distrito: Tarija
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Partes: SEBASCON Construcciones. c/Empresa Metales del Oriente S.R.L
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Proceso: Resolución de venta
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Distrito: Tarija
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I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
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Resolución que puesta en conocimiento de las partes, dio lugar a que Silvina Ximena Aragón
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En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia y
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II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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Otro reclamo acusado en casación es la interpretación errónea del art
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Complementado el reclamo acusado anteriormente, señala que el negocio comercial fue realizado con la Coordinadora
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Finalmente acusa la violación del art
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Por lo expuesto solicita se case totalmente el Auto de Vista recurrido, y en consecuencia
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Respecto al error en la apreciación de la prueba señala que como admite y reconoce
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Señala que la parte recurrente no toma en cuenta que en la primera demanda interpuesta
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Asimismo señala falta de fundamentación en el recurso de casación, pues pretende que una primera
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Finalmente señala que no existe ningún medio por el cual se haya constituido en mora
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Por lo expuesto solicita se declare infundado el recurso de casación interpuesto por la empresa
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III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
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En este marco, se concluye que cuando se alegue incongruencia omisiva en la resolución impugnada,
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Entendimiento orientado por este Supremo Tribunal en diversos fallos entre ellos el Auto Supremo Nº
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Ahora si dicha respuesta, no satisfacía las expectativas deducidas por los recurrentes debieron formular la
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Habiéndose señalado que la prescripción es la institución que estudia el efecto que tiene el
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Según anota el autor Carlos Morales Guillén, la suspensión de la prescripción detiene el curso
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El citado autor Luis Moisset de Espanés, señala que uno de los problemas más serios
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El art
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En relación a la interrupción por vía judicial, esta hace referencia a todo acto jurídico
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En cambio la interrupción extrajudicial, es oponer un acto que sirva para constituir en mora
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Por otro lado, la prescripción se interrumpe por el reconocimiento expreso o tácito del derecho
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Sobre este punto corresponde citar el contenido del Auto Supremo Nº 220, de 23 de
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En ese mismo sentido, la resolución citada líneas más abajo señala: “El art
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IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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En ese entendido respecto a que el Tribunal de Alzada en la emisión del Auto
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Con relación a la interpretación errónea del art
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En ese entendido se concluye que el primer proceso de resolución de venta por vicios
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Finalmente respecto a la violación del art
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En ese entendido y toda vez que los reclamos acusados en casación no resultan evidentes,
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
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