Auto Supremo AS/1008/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1008/2017

Fecha: 25-Sep-2017

En cuanto a la acusación de incorrecta aplicación de los arts

En cuanto a la acusación de incorrecta aplicación de los arts. 1431 y 1435.III del Código Civil, habrá que tener presente que las normas a que acude son desfavorables a su pretensión, pues confieren al acreedor anticresista el derecho de retención, en el caso de autos si no se devolvió el capital anticrético, es razonable suponer que la anticresista ejerce aquel derecho de retención del inmueble, el que afirme no haberse negado o no haya querido devolver la suma recibida, no es sustento para señalar incorrecta aplicación de la norma, en esa misma línea de análisis va el hecho de señalar que sus testigos sabían que tenía “cargado” el dinero para devolver simultáneamente, aun de suponer que ello fuera así, el tema de discusión no es precisamente aquel aspecto, sino lo relativo a los presuntos daños que dice emergieran del reclamo de restitución, que ya fue dicho que al no existir evidencia de devolución al cumplimiento del plazo acordado, no puede acogerse de manera favorable, bajo esas consideraciones tampoco este tribunal encuentra sustento para la postura de la recurrente