Auto Supremo AS/0004/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0004/2018

Fecha: 23-Ene-2018

Además que esta modulación de esa jurisprudencia, implica retornar a una anterior línea jurisprudencial emitida

Además que esta modulación de esa jurisprudencia, implica retornar a una anterior línea jurisprudencial emitida por este Tribunal en el que se estableció la permisibilidad de la liquidación y el pago de los beneficios sociales a funcionarios universitarios administrativos, que persistían en su relación de dependencia, como docentes de esa Casa Superior de Estudios, cuando se afirmó: “ que la prestación de servicios si bien lo hizo para un solo empleador, pero en secciones distintas de la Universidad Mayor de San Simón, tanto en la parte administrativa como en la docencia, desempeño laboral que en el marco del Estatuto de la entidad educativa que corre a fs. 58-65, no se encuentra prohibida, pues el desempeño de la primera actividad no importa la exclusión de la segunda, además que nunca se ha demostrado la incompatibilidad de horarios para su ejercicio y que encuentran su protección en los arts. 5 y 7-j) de la C.P.E. de 1967, que reconocen el derecho a una remuneración justa, pues no se reconoce ningún género de servidumbre”