Auto Supremo AS/0303/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0303/2018

Fecha: 03-Oct-2018

Con relación al pago de horas extras reclamadas por el demandante, debemos partir de lo

Con relación al pago de horas extras reclamadas por el demandante, debemos partir de lo reglado por el art. 46 de la Ley General del Trabajo, que establece la jornada máxima de 8 horas de trabajo diario y de 48 horas semanales, con excepción de aquellos empleados u obreros que ocupen puestos de dirección, vigilancia o confianza