Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0310/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0310/2018

    Fecha: 03-Oct-2018

    Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez

    Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
    • Luego de una relación de las normas en que se sustenta la procedencia del recurso
    • Manifiesta el recurrente que el tribunal comete un error manifiesto en el análisis de las
    • Seguidamente expresa que la remuneración se pactó así, porque el demandante era requerido cuando había
    • Por otra parte, el recurrente manifiesta que el tribunal cometió error de hecho y de
    • Finalmente el recurrente manifiesta que es notorio el error o falta de apreciación de las
    • III. - Fundamentos jurídicos del fallo
    • Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, de fs
    • Para mayor claridad es preciso citar el reglamento de la Ley General del Trabajo que
    • Por tanto, la remuneración por los servicios prestados por cuenta ajena, son considerados como salarios
    • Por otra parte, en lo que manifiesta el recurrente de que el actor no aparece
    • En consecuencia, el hecho de que un trabajador no esté registrado en las planillas o
    • Concordante con el artículo 1 del Decreto Supremo No
    • Por tanto, luego de analizados todos los antecedentes del presente proceso, se pudo comprobar que
    • Finalmente, en el presente caso se tiene que tener en cuenta, además del principio de
    • Con costas
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca