Auto Supremo AS/0310/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0310/2018

Fecha: 03-Oct-2018

Por otra parte, en lo que manifiesta el recurrente de que el actor no aparece

Por otra parte, en lo que manifiesta el recurrente de que el actor no aparece en los documentos del personal asalariado de la empresa, no demuestra que el demandante no tenga una relación laboral de dependencia con la empresa, porque esa ausencia de algún trabajador en las planillas o en otra documentación relativa a los trabajadores, se constituye en infracciones laborales para los empleadores, específicamente establecidas para las infracciones relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo, que están dispuestas en el Capítulo 1 del Título V del Decreto Ley Nº 16998, del 2 de agosto de 1979, por el que se aprueba la Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar. Sin embargo corresponde volver a manifestar que la empresa demandada mediante memorándum signado con el número ME/DC/1804/2015 de 18 de abril de 2015 emitido y firmado por el Jefe del Departamento de Contabilidad y Recursos Humanos le hace conocer la ruptura intempestiva del convenio laboral a partir del 18 de abril de ese año. Así mismo le comunica que le serán cancelados los días trabajados hasta la fecha