Auto Supremo AS/0310/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0310/2018

Fecha: 03-Oct-2018

Seguidamente expresa que la remuneración se pactó así, porque el demandante era requerido cuando había

Seguidamente expresa que la remuneración se pactó así, porque el demandante era requerido cuando había necesidad de sus servicios, teniendo en cuenta que no todos los días se realiza la necesidad de los servicios de mensajería, por tanto, ese servicio, no es una actividad propia y permanente del giro de su empresa