Auto Supremo AS/0565/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0565/2018

Fecha: 30-Oct-2018

Tampoco se habría tomado en cuenta lo establecido en los arts

Tampoco se habría tomado en cuenta lo establecido en los arts. 36 y 37 del Código de Comercio el primero referido a llevar una contabilidad adecuada a la naturaleza, importancia y organización de la Empresa, sobre una base uniforme que permita demostrar la situación de sus negocios y una justificación clara de todos y cada uno de los actos y operaciones sujetos a contabilización, debiendo además conservar en buen estado los libros, documentos y correspondencia que lo respalden y el segundo referido a las clases de libros que obligatoriamente debe llevar el comerciante. Que en el caso el sujeto pasivo debió llevar libros, registros, documentos que respalden sus transacciones a objeto de que los mismos tengan efectos probatorios y puedan ser utilizados como medios de prueba ante instancias que así lo requieran, y para el caso como no presentó documentación que demuestre la transacción, se sustenta aún más la depuración efectuada