Auto Supremo AS/0579/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0579/2018

Fecha: 30-Oct-2018

Por último, el recurrente argumentó el debido proceso en su triple dimensión, como derecho fundamental,

Por último, el recurrente argumentó el debido proceso en su triple dimensión, como derecho fundamental, garantía jurisdiccional y principio en la administración de Justicia, citando los arts. 115-II, 117 y 189-I de la Constitución Política del Estado (CPE), la motivación y fundamentación de las Sentencias, conforme prevén los arts. 14 del “PIDP” y 8 de la “CACH”, que ha sido ratificado mediante las SC 112/2010-R de 10 de mayo, SCP 1471/2012 de 24 de septiembre y SCP 487/2014 de 25 de febrero; empero, en el recurso no precisa en qué punto del Auto de Vista, se habría incumplido estas normas constitucionales y jurisprudencia vinculante; por consiguiente, sobre este particular no corresponde resolver nada; por el contrario, se advierte que el Tribunal de alzada, circunscribió su fallo de segunda instancia a las previsiones del art. 265-I del CPC-2013, aplicable al caso de autos, por la permisión del art. 252 del CPT