Auto Supremo AS/0964/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0964/2018

Fecha: 01-Oct-2018

El mismo autor, al examinar este artículo señala: “El periodo prescripcional no corre sin más,

El mismo autor, al examinar este artículo señala: “El periodo prescripcional no corre sin más, ni una vez iniciado su curso éste prosigue inevitablemente. Puede detenerse sea antes de empezar su curso, sea comenzando éste. Es la suspensión. Esta es un simple compás de espera en el transcurso del plazo. Desaparecida la causa de suspensión, la prescripción inicia o reanuda su curso, teniendo en cuenta en este segundo supuesto el plazo transcurrido antes de la suspensión (Mazeaud)