Auto Supremo AS/0964/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0964/2018

Fecha: 01-Oct-2018

El referido autor al realizar el comentario de este artículo señala: “Mientras la suspensión de

El referido autor al realizar el comentario de este artículo señala: “Mientras la suspensión de la prescripción detiene el curso del plazo, sin anular el tiempo cumplido y se reanuda desde el punto en que se había detenido, apenas cesa la causa de la suspensión, la interrupción destruye la prescripción, porque borra retroactivamente todo el plazo transcurrido hasta el momento de la interrupción (Scaevola, Mazeaud). La suspensión, opera ex lege, sin que sea necesaria actividad del interesado para la suspensión. La interrupción, en cambio, implica iniciativa del interesado (Messineo)