Auto Supremo AS/0967/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0967/2018

Fecha: 01-Oct-2018

Conforme a lo establecido en el presente proceso se puede evidenciar que el demandante planteó

Al respecto se debe inferir que conforme lo establecido en el punto III.3 de la doctrina aplicable respecto al reconocimiento de mejor derecho propietario, se tiene que este radica en la existencia de una misma cosa, cuya titularidad es discutida por dos o más personas con título de propiedad sobre un mismo bien adquirido de un mismo vendedor, o de distintos vendedores y cuyos antecesores también ostenten título de propiedad, caso para el cual se deberá confrontar el antecedente dominial de cada uno de estos propietarios y su antecesores, con el objeto de verificar de que se trate del mismo inmueble y cuál de los títulos de propiedad fue registrado con prioridad en Derechos Reales, es decir, que para resolver una pretensión de mejor derecho de propiedad el presupuesto es que existan dos o más títulos de propiedad válidos sobre un mismo inmueble, en cuyo mérito corresponde al juzgador definir cuál de los titulares debe ser preferido por el derecho, provengan ambos títulos de un mismo vendedor común o no, y tengan o no un mismo antecedente dominial.
Conforme a lo establecido en el presente proceso se puede evidenciar que el demandante planteó la demanda de mejor derecho propietario alegando que en fecha 22 de mayo de 2002, inscribió su derecho propietario del inmueble con una superficie total de 2172,75 m2, por ante la oficina de derechos reales, título propietario que obtuvo mediante proceso de usucapión que el recurrente siguió en contra de Simón Lima Salazar