Así también alegan que los fundamentados en la demanda de usucapión de Renato Filiberto Escobar
Así también alegan que los fundamentados en la demanda de usucapión de Renato Filiberto Escobar de Ugarte se basan en actos procesales dolosos, esto con la finalidad de obtener una sentencia en beneficio propio y en perjuicio de la H. Alcaldía Municipal de San Julián y del ordenamiento jurídico, tomando en cuenta que a la fecha de la presentación de la demanda de usucapión, el demandante (en el proceso de usucapión), ahora recurrente fungía como concejal de la H. Alcaldía Municipal de San Julián, lo cual hace que su pretensión sea ilícita por ir en contra de la buena fe y lealtad del juez de la causa, a consecuencia de ello el A quo viabilizó la maquinación engañosa de Renato Filiberto Escobar de Ugarte quien no dudó de aprovechar la situación de concejal y sellar de recibido los oficios emitidos por el juzgado cursantes de fs. 48 a 50 sin haberlos presentado de forma real a la Alcaldía de San Julián, con el objetivo de que el Juez que conoció esa causa, proceda a dar curso a la solicitud de inspección Judicial del lote de terreno, para sustituir los certificados de catastro, plan regulador e informe de situación impositiva del inmueble, bajo la falsa argumentación de que la H. Alcaldía Municipal de San Julián pese a ser emplazada, no respondió a los oficios citados supra, y así ocultar que Ovidio Arias Vaca no era el propietario del inmueble sujeto a usucapión
- Copa Flores c/
- Distrito: Santa cruz
- CONSIDERANDO I
- Asimismo indicó que la sentencia de fecha 08 de julio del año 2016 y el
- CONSIDERANDO II
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- Por lo expuesto solicita se anule el auto de vista recurrido o en su defecto
- De la respuesta al recurso de casación
- La parte demandada mediante memorial cursante de fs
- En ese entendido la sentencia que declara probada la demanda del fraude procesal y el
- CONSIDERANDO III
- El Art
- De lo anterior se tiene que cada inciso del art
- Ahora bien, en el proceso ordinario de declaratoria de fraude procesal, no se discuten los
- En este entendido, la jurisprudencia desarrollada por este Tribunal de Casación respecto al fraude procesal
- El fraude procesal necesariamente debe establecerse en proceso ordinario por mandato del art
- De manera que pretender que un Juez de partido, a través de un proceso de
- Asimismo en el Auto Supremo: 280/2013 de 27 de mayo, se ha expresado que: “…conforme
- Por otra parte, en el Auto Supremo Nº 532/2013 de 21 de Octubre también se
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- CONSIDERANDO IV
- Al respecto, es necesario determinar los fundamentos que hacen a la pretensión de la actora,
- Respecto a la relación fáctica de los hechos manifiesta que la pretensión de usucapión fue
- Así también alegan que los fundamentados en la demanda de usucapión de Renato Filiberto Escobar
- Una vez citado el demandado Renato Filiberto Escobar de Ugarte, presentó excepción de cosa juzgada
- En lo que respecta a las resoluciones de grado primeramente el Juez A quo señaló
- De todos los medios de prueba anotados y tomando en cuenta que la parte demandante
- Estas maquinaciones y artificios pueden ser realizados unilateralmente por un litigante, lo que constituye el
- Por todo lo expuesto, corresponde a este Supremo Tribunal fallar en la forma prevista por
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizú.
