Auto Supremo AS/1053/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1053/2018

Fecha: 30-Oct-2018

Lo anterior conlleva a decir que en el tratamiento de las nulidades procesales, debe tenerse

Lo anterior conlleva a decir que en el tratamiento de las nulidades procesales, debe tenerse en cuenta como ha señalado este Supremo Tribunal en reiteradas resoluciones, siguiendo el criterio doctrinal así como jurisprudencial que no se trata de un tema de defensa de las meras formalidades, pues, las formas previstas por ley no deben ser entendidas como meros ritos, sino como verdaderas garantías que el proceso se desarrollará en orden y en resguardo de los derechos de las partes, siendo preciso distinguir las formas esenciales de las meras formalidades. Precisamente por ello es necesario verificar a tiempo de emitir un fallo, principios que rigen la materia y deben ser tomados en cuenta por el juzgador al momento de declarar la nulidad, estos referidos al Principio de especificidad o legalidad, Trascendencia, Convalidación, Protección; que entendemos no es preciso desarrollarlos de manera individual, dada la comprensión que se entiende tienen los Tribunales de Justicia al administrar justicia y asumen el deber ineludible de velar porque se cumplan en el proceso los presupuestos procesales y se observen las garantías del debido proceso.”