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    Auto Supremo AS/1056/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1056/2018

    Fecha: 30-Oct-2018

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    • por Nicanor
    • Si bien la apelante presentó prueba en primera instancia que fue rechazada la demandada tenía
    • Asimismo el Tribunal de segunda instancia señaló que la ausencia de fundamentación en el recurso
    • Con relación a la prueba adjunta en el recurso de apelación correspondía a la parte
    • CONSIDERANDO II
    • 2
    • Por lo expuesto solicita se case el auto de vista recurrido y se declare improbada
    • De la respuesta al recurso de casación
    • La parte demandante mediante memorial cursante a fs
    • José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil comentarios y concordancia señala que:
    • Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
    • El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
    • En este marco este Supremo Tribunal a través de diversos fallos entre ellos el
    • III
    • Al respecto el Código de Procedimiento civil en su art
    • Asimismo el este tribunal mediante Auto Supremo Nº 451/2012 de fecha 30 de noviembre
    • Al respecto de lo señalado anteriormente se tiene que para la procedencia de la apertura
    • III.3. De los principios que rigen las nulidades procesales
    • Sobre este tema se tiene que se desarrollaron varios Autos Supremos emitidos por este Tribunal
    • Principio de finalidad del acto
    • Principio de Conservación
    • Principio de Trascendencia
    • Principio de Convalidación
    • Principio de preclusión
    • De dichos principios y concordante con lo desarrollado en el anterior numeral, se deduce que
    • CONSIDERANDO IV
    • Asimismo el Tribunal de Alzada señaló que la parte demandada ahora recurrente no señaló de
    • Tal cual aconteció en el caso de autos, por lo que se evidencia que al
    • Al respecto se tiene lo manifestado por la doctrina desglosada en el punto III
    • De la revisión de la documentación cursante de fs
    • Así también adjuntó fotocopias del testimonio judicial de declaratoria de herederos seguido por Federico Encinas
    • En ese contexto si bien el Tribunal de Alzada rechazo la reproducción de medios probatorios
    • Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación no fueron
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizú.

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