Con relación a la prueba adjunta en el recurso de apelación correspondía a la parte
Con relación a la prueba adjunta en el recurso de apelación correspondía a la parte apelante justificar su presentación en esa instancia identificando las causas no imputables a ella que no hayan sido sustanciadas en primera instancia puesto que esa documentación debió ser presentada en forma oportuna, así sea identificándolas y señalando a quien las tuviera en su poder ya que la actividad probatoria solo puede verificarse si se dieren las condiciones establecidas en el art. 233 del Código de Procedimiento Civil, pues de ninguna forma resulta viable la producción de prueba en segunda instancia que podía hacerse valer en primera instancia no siendo admisible intentar aplicar esta permisión legal por salvar omisiones atribuibles a su propia negligencia, al margen de establecer que la parte apelante no señaló de que forma la mencionada documentación acreditaría su derecho propietario oponible a terceras personas resultando improcedente realizar la valoración de pruebas que no fueron incorporadas a la causa oportuna y correctamente. Fundamentos por los cuales el Tribunal de Alzada CONFIRMA la Sentencia apelada con costas y costos al apelante
- por Nicanor
- Si bien la apelante presentó prueba en primera instancia que fue rechazada la demandada tenía
- Asimismo el Tribunal de segunda instancia señaló que la ausencia de fundamentación en el recurso
- Con relación a la prueba adjunta en el recurso de apelación correspondía a la parte
- CONSIDERANDO II
- 2
- Por lo expuesto solicita se case el auto de vista recurrido y se declare improbada
- De la respuesta al recurso de casación
- La parte demandante mediante memorial cursante a fs
- José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil comentarios y concordancia señala que:
- Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- En este marco este Supremo Tribunal a través de diversos fallos entre ellos el
- III
- Al respecto el Código de Procedimiento civil en su art
- Asimismo el este tribunal mediante Auto Supremo Nº 451/2012 de fecha 30 de noviembre
- Al respecto de lo señalado anteriormente se tiene que para la procedencia de la apertura
- III.3. De los principios que rigen las nulidades procesales
- Sobre este tema se tiene que se desarrollaron varios Autos Supremos emitidos por este Tribunal
- Principio de finalidad del acto
- Principio de Conservación
- Principio de Trascendencia
- Principio de Convalidación
- Principio de preclusión
- De dichos principios y concordante con lo desarrollado en el anterior numeral, se deduce que
- CONSIDERANDO IV
- Asimismo el Tribunal de Alzada señaló que la parte demandada ahora recurrente no señaló de
- Tal cual aconteció en el caso de autos, por lo que se evidencia que al
- Al respecto se tiene lo manifestado por la doctrina desglosada en el punto III
- De la revisión de la documentación cursante de fs
- Así también adjuntó fotocopias del testimonio judicial de declaratoria de herederos seguido por Federico Encinas
- En ese contexto si bien el Tribunal de Alzada rechazo la reproducción de medios probatorios
- Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación no fueron
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizú.
