Principio de finalidad del acto
Principio de finalidad del acto.- Partiremos señalando que este principio se encuentra íntimamente relacionado con el de especificidad o legalidad, pues en virtud a este, habrá lugar a la declaratoria de nulidad si el acto procesal no cumplió con la finalidad específica por la que fue emanada, y en contraposición a lo señalado, en el caso de que el acto procesal, así sea defectuoso, cumplió con su finalidad, no procederá la sanción de la nulidad
- por Nicanor
- Si bien la apelante presentó prueba en primera instancia que fue rechazada la demandada tenía
- Asimismo el Tribunal de segunda instancia señaló que la ausencia de fundamentación en el recurso
- Con relación a la prueba adjunta en el recurso de apelación correspondía a la parte
- CONSIDERANDO II
- 2
- Por lo expuesto solicita se case el auto de vista recurrido y se declare improbada
- De la respuesta al recurso de casación
- La parte demandante mediante memorial cursante a fs
- José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil comentarios y concordancia señala que:
- Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- En este marco este Supremo Tribunal a través de diversos fallos entre ellos el
- III
- Al respecto el Código de Procedimiento civil en su art
- Asimismo el este tribunal mediante Auto Supremo Nº 451/2012 de fecha 30 de noviembre
- Al respecto de lo señalado anteriormente se tiene que para la procedencia de la apertura
- III.3. De los principios que rigen las nulidades procesales
- Sobre este tema se tiene que se desarrollaron varios Autos Supremos emitidos por este Tribunal
- Principio de finalidad del acto
- Principio de Conservación
- Principio de Trascendencia
- Principio de Convalidación
- Principio de preclusión
- De dichos principios y concordante con lo desarrollado en el anterior numeral, se deduce que
- CONSIDERANDO IV
- Asimismo el Tribunal de Alzada señaló que la parte demandada ahora recurrente no señaló de
- Tal cual aconteció en el caso de autos, por lo que se evidencia que al
- Al respecto se tiene lo manifestado por la doctrina desglosada en el punto III
- De la revisión de la documentación cursante de fs
- Así también adjuntó fotocopias del testimonio judicial de declaratoria de herederos seguido por Federico Encinas
- En ese contexto si bien el Tribunal de Alzada rechazo la reproducción de medios probatorios
- Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación no fueron
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizú.
