Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1068/2018
Fecha: 30-Oct-2018
Distrito: Cochabamba
Distrito: Cochabamba
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Partes: Máximo Aranda Pacheco. c/ Florentino Quispe Aguilar y otra
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Proceso: Reivindicación y otros
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Distrito: Cochabamba
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CONSIDERANDO I
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CONOSIDERANDO II
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1
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2
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3
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4
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De la respuesta al recurso de casación
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El demandante por memorial cursante de fs
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El art
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Por lo que solicita se desestime el recurso de casación
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CONSIDERANDO III
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Al efecto se puede citar el AS Nº414/2014 de fecha 04 de agosto 2014, que
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Existe vasta jurisprudencia respecto al tema en cuestión, donde se establecieron requisitos para la procedencia
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En ese entendido, se tiene que cuando el demandado de reivindicación resista esa pretensión alegando
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Asimismo en la doctrina aplicable contenida en el AS 207/2016 de fecha 11 de marzo
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III.2. En relación al “per saltum”
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III.3. Sobre la valoración de la prueba
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En el Auto Supremo Nº 146/2015 de 06 de marzo, se ha señalado: “…que la
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Respecto a lo anterior en el Auto Supremo Nº 410/2015 de 09 de junio, se
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Por otra parte en el Auto Supremo Nº 184/2015 de 11 de marzo, al referirse
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CONSIDERANDO IV
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Del reclamó a prima facie se extrae, que los recurrentes no precisan en que consiste
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IV
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Al respecto y sobre el caso en particular, se debe tomar en cuenta el principio
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Del análisis del recurso de casación se extrae, que los recurrentes respecto a este punto
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Sobre el caso en particular y a los efectos de establecer si el Ad quem
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la sentencia en su CONSIDERANDO II
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Por lo que este Tribunal concluye, que el Tribunal de Alzada obró conforme a los
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Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso (fondo), conforme a lo
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
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