Auto Supremo AS/1071/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1071/2018

Fecha: 30-Oct-2018

En el caso de Autos se argumenta que el hecho de no haber accedido a

En el caso de Autos se argumenta que el hecho de no haber accedido a un préstamo bancario se subsumiría en la causal de nulidad prevista en el art. 549.1 y 2 del Código Civil, aspecto equivocado, pues no puede considerarse como una causa nacida en el momento de la celebración del acto, y que el pago si fue efectuado en su integridad, por lo que los argumentos de la demanda como de la Sentencia serian improcedentes, contrario sensu el incumplimiento en el pago de la obligación, no es causal para pretender la nulidad del negocio jurídico, sino es causal para su resolución o cumplimiento