En cumplimiento a lo previsto en el art
En cumplimiento a lo previsto en el art. 17-IV de la Ley del Órgano Judicial, póngase en conocimiento del Consejo de la Magistratura el presente Auto Supremo para su registro respectivo, debiendo tenerse presente que conforme a la recomendación Nº 22 de la Comisión Interamericana de Derecho Humanos en su informe aprobado el 5 de diciembre de 2013 (Garantías para la independencia de los operadores de justicia, hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas), la remisión de Autos Supremos anulatorios como el presente no tienen la finalidad de activar proceso administrativo alguno
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y de derechos laborales por Jorge
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, Rodolfo Villarroel Veizaga interpuso recurso de apelación cursante de fs
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, Basilia Espada Llanos, solicitó aclaración, enmienda y complementación,
- 2
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- Petitorio
- Interpuesto el recurso de casación, solicita se case el Auto de Vista impugnado, y deliberando
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, es necesario realizar las siguientes consideraciones
- Por otro lado, debe considerarse que la motivación de las resoluciones judiciales constituye un deber
- En ese sentido el art
- Ahora, en el punto 3 del recurso de casación presentado, se alega que no se
- En ese orden de ideas, la motivación de las resoluciones judiciales se constituye en un
- Por otro lado, la parte dispositiva del Auto de Vista emitido, recae en un incongruencia
- Al respecto, la SCP 0115/2014 de 10 de enero, determinó en cuanto al principio de
- Sin multa por ser excusable, se recomienda mayor atención en cuanto la aplicación de la
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
