Expuestos así los argumentos del recurso de casación, es necesario realizar las siguientes consideraciones
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
Expuestos así los argumentos del recurso de casación, es necesario realizar las siguientes consideraciones:
Se debe tener en cuenta primero, que el recurso de casación en el fondo tiene por objetivo modificar el contenido de un auto definitivo, sentencia o auto de vista, al evidenciarse que los jueces o tribunales de instancia a tiempo de emitir sus resoluciones hubiesen incurrido en errores in judicando, y tienden a buscar una modificación del Auto de Vista que se recurre, ante una errónea aplicación, mala interpretación, vulneración o violación de la normativa sustantiva; por otro lado, el recurso de casación en la forma, buscará como finalidad la nulidad de la resolución recurrida o del proceso mismo, cuando se hubieren violado las formas esenciales del proceso, sancionadas con nulidad por ley y que conlleven afectación del debido proceso, por errores de procedimiento o denominados in procedendo; ambos, tienen sus propias características generando efectos diferentes, en el modo de resolución y en los efectos que producen.
El recurso de casación presentado, consta de cinco infracciones acusadas, de las cuales las señaladas en los puntos 1 y 4, son aspectos de forma, y las argumentadas en los puntos 2, 3 y 5, son aspectos de fondo; sin embargo, mas allá no estar tituladas, al estar de manera independiente en cado punto, tanto fáctica como jurídicamente los fundamentos que hacen a la interposición de su recurso de casación de fondo por una parte y los argumentos respecto al recurso de casación de forma, se debe efectuar un análisis de los puntos acusados, debiendo separase los puntos que hacen a la forma, de las infracciones sobre el fondo
Expuestos así los argumentos del recurso de casación, es necesario realizar las siguientes consideraciones:
Se debe tener en cuenta primero, que el recurso de casación en el fondo tiene por objetivo modificar el contenido de un auto definitivo, sentencia o auto de vista, al evidenciarse que los jueces o tribunales de instancia a tiempo de emitir sus resoluciones hubiesen incurrido en errores in judicando, y tienden a buscar una modificación del Auto de Vista que se recurre, ante una errónea aplicación, mala interpretación, vulneración o violación de la normativa sustantiva; por otro lado, el recurso de casación en la forma, buscará como finalidad la nulidad de la resolución recurrida o del proceso mismo, cuando se hubieren violado las formas esenciales del proceso, sancionadas con nulidad por ley y que conlleven afectación del debido proceso, por errores de procedimiento o denominados in procedendo; ambos, tienen sus propias características generando efectos diferentes, en el modo de resolución y en los efectos que producen.
El recurso de casación presentado, consta de cinco infracciones acusadas, de las cuales las señaladas en los puntos 1 y 4, son aspectos de forma, y las argumentadas en los puntos 2, 3 y 5, son aspectos de fondo; sin embargo, mas allá no estar tituladas, al estar de manera independiente en cado punto, tanto fáctica como jurídicamente los fundamentos que hacen a la interposición de su recurso de casación de fondo por una parte y los argumentos respecto al recurso de casación de forma, se debe efectuar un análisis de los puntos acusados, debiendo separase los puntos que hacen a la forma, de las infracciones sobre el fondo
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y de derechos laborales por Jorge
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, Rodolfo Villarroel Veizaga interpuso recurso de apelación cursante de fs
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, Basilia Espada Llanos, solicitó aclaración, enmienda y complementación,
- 2
- 5
- Petitorio
- Interpuesto el recurso de casación, solicita se case el Auto de Vista impugnado, y deliberando
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, es necesario realizar las siguientes consideraciones
- Por otro lado, debe considerarse que la motivación de las resoluciones judiciales constituye un deber
- En ese sentido el art
- Ahora, en el punto 3 del recurso de casación presentado, se alega que no se
- En ese orden de ideas, la motivación de las resoluciones judiciales se constituye en un
- Por otro lado, la parte dispositiva del Auto de Vista emitido, recae en un incongruencia
- Al respecto, la SCP 0115/2014 de 10 de enero, determinó en cuanto al principio de
- Sin multa por ser excusable, se recomienda mayor atención en cuanto la aplicación de la
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
