I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 683
Sucre, 27 de noviembre de 2018
Expediente : 373/2017
Demandante : Jorge Amaruz Moreno
Demandados : Basilia Espada Llanos y Rodolfo Villarroel Veizaga
Proceso : Pago de beneficios sociales y derecho laborales
Distrito : Pando
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación, de fs. 98 a 103, interpuesto por Basilia Espada Llanos, contra el Auto de Vista N° 219/17 de 13 de junio de 2017, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, Niña, Niño y Adolescente y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, de fs. 86 a 91; dentro del proceso de pago de beneficios sociales y derechos laborales interpuesto por Jorge Amaruz Moreno contra la recurrente y Rodolfo Villarroel Veizaga; el Auto de 24 de julio de 2017, que concedió el recurso (fs. 106 vta.), en mérito al informe de la Secretaría de Sala, sobre ausencia de respuesta al mismo; el memorial de respuesta extemporánea al recurso de fs. 108 a 109; el Auto Supremo Nº 373-A de 25 de agosto de 2017 (fs. 119), por el cual se declara admisible el recurso de casación interpuesto; los antecedentes procesales; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 683
Sucre, 27 de noviembre de 2018
Expediente : 373/2017
Demandante : Jorge Amaruz Moreno
Demandados : Basilia Espada Llanos y Rodolfo Villarroel Veizaga
Proceso : Pago de beneficios sociales y derecho laborales
Distrito : Pando
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación, de fs. 98 a 103, interpuesto por Basilia Espada Llanos, contra el Auto de Vista N° 219/17 de 13 de junio de 2017, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, Niña, Niño y Adolescente y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, de fs. 86 a 91; dentro del proceso de pago de beneficios sociales y derechos laborales interpuesto por Jorge Amaruz Moreno contra la recurrente y Rodolfo Villarroel Veizaga; el Auto de 24 de julio de 2017, que concedió el recurso (fs. 106 vta.), en mérito al informe de la Secretaría de Sala, sobre ausencia de respuesta al mismo; el memorial de respuesta extemporánea al recurso de fs. 108 a 109; el Auto Supremo Nº 373-A de 25 de agosto de 2017 (fs. 119), por el cual se declara admisible el recurso de casación interpuesto; los antecedentes procesales; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y de derechos laborales por Jorge
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, Rodolfo Villarroel Veizaga interpuso recurso de apelación cursante de fs
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, Basilia Espada Llanos, solicitó aclaración, enmienda y complementación,
- 2
- 5
- Petitorio
- Interpuesto el recurso de casación, solicita se case el Auto de Vista impugnado, y deliberando
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, es necesario realizar las siguientes consideraciones
- Por otro lado, debe considerarse que la motivación de las resoluciones judiciales constituye un deber
- En ese sentido el art
- Ahora, en el punto 3 del recurso de casación presentado, se alega que no se
- En ese orden de ideas, la motivación de las resoluciones judiciales se constituye en un
- Por otro lado, la parte dispositiva del Auto de Vista emitido, recae en un incongruencia
- Al respecto, la SCP 0115/2014 de 10 de enero, determinó en cuanto al principio de
- Sin multa por ser excusable, se recomienda mayor atención en cuanto la aplicación de la
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
