Auto Supremo AS/0689/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0689/2018

Fecha: 27-Nov-2018

Sobre el segundo Considerando; indica que, se evidenció que la entidad demandada recibió la obra

Sobre el segundo Considerando; indica que, se evidenció que la entidad demandada recibió la obra construida y concluida hasta la obra fina, entregado en acto solemne por su poder conferente, a partir de ese momento los reclamos de cancelación y cumplimiento de contrato que se hizo al Gobierno Autónomo Municipal de Santa Rosa del Abuná, no se efectivizó por una serie de falaces utilizados por el propio demandado y se siguen con los mismos argumentos: “que la alcaldía está en quiebra, y que no puede cumplir con el pago por obra construida, de la suma de 53.255,01 Bs” (sic), y al respecto enfatiza que las pruebas aportadas en las documentales de fs. 2 a 11 de obrados, se encuentran firmadas por las Autoridades de la referida entidad demandada y su poder conferente; son documentos que tienen todo el valor legal conforme los arts. 1287 del CC y 7 del Decreto Supremo N° 0181, en el que la entidad demandada se comprometió cancelar firmando un documento de Homologación de Compromiso de Pago; sin embargo, ese acuerdo también ha sido incumplido, no obstante que la autoridad hoy demandada hizo constar en el documento que el contratista (su poder conferente, había cumplido con su obligación al concluir la obra) y que fue recepcionada conforme al art. 39.III) de la Ley N° 0181, a la satisfacción de dicha entidad