Auto Supremo AS/0979/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0979/2018-RRC

Fecha: 07-Nov-2018

II.3. Del Auto de Vista impugnado


En virtud al referido decreto, la apelante reiterando sus fundamentos y transcribiendo parcialmente los precedentes ya citados, señaló que las normas inobservadas son los arts. 357 y 361 del CPP, continúo señalando que (…) ya que en flagrancia de las normas legales señaladas, el juez de la causa quién debió garantizar imparcialidad de sus actuaciones y por tanto dictar sentencia in extenso concluido el juicio, ha contravenido la norma, pues al n haber cumplido a cabalidad perdió competencia para proferir la misma.” (sic.).

II.3. Del Auto de Vista impugnado