Auto Supremo AS/0979/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0979/2018-RRC

Fecha: 07-Nov-2018

La acusada denuncia que el Tribunal de apelación a tiempo de resolver la denuncia de


La acusada denuncia que el Tribunal de apelación a tiempo de resolver la denuncia de inobservancia de los arts. 357 y 361 del CPP, expuso argumentos subjetivos, cumpliendo con su deber de fundamentación. Invocando como precedentes contradictorios:

El Auto Supremo 131 de 13 de mayo del 2005, dictado dentro del proceso penal seguido por RRS contra EAR y otro, por la presunta comisión del delito de Estafa, tuvo como hechos, que el Tribunal de Sentencia no dio lectura íntegra a la sentencia, dentro de los tres días posteriores a la lectura de la parte resolutiva.

Al respecto, se establece que no existe situación procesal análoga entre los hechos que motivaron la doctrina legal emitida y el motivo de autos que está referido a la indebida fundamentación; asimismo, si bien la recurrente acusa que el Tribunal de apelación que emitió el Auto de Vista hoy impugnado, transgredió la doctrina legal del precedente contradictorio descrito, de la revisión y atenta lectura del mismo, no se encuentra una situación de hecho similar, toda vez que la hoy recurrente cuestiona la falta de lectura íntegra después de la clausura de debates, acto que a decir de la misma correspondería porque el caso no es complejo y tampoco se hallaba justificada lo avanzado de la hora. Sin embargo, el hecho real que dio lugar a la doctrina transcrita precedentemente, fue el incumplimiento del plazo de los tres días posteriores a la lectura de la parte resolutiva del fallo de mérito